CAPÍTULO VI

Régimen Económico de la Licencia

INTRODUCCIÓN

Principios Económicos del Modelo Harper

El presente Capítulo regula el régimen económico aplicable a la Licencia de Operación Territorial otorgada por Harper Network, estableciendo las bases que regirán la inversión inicial, la participación económica de las partes, la distribución de ingresos, las liquidaciones, los fondos de reserva y las demás condiciones financieras derivadas de la explotación de la Plataforma.

Las partes reconocen que Harper Network constituye un ecosistema tecnológico cuya operación exige una infraestructura informática permanente, servicios de procesamiento de pagos, mantenimiento continuo, evolución tecnológica, medidas de ciberseguridad, soporte técnico especializado y el desarrollo constante de nuevas funcionalidades destinadas a mejorar la experiencia de usuarios, conductores y Licenciatarios.

En consecuencia, el valor económico de la Licencia no se encuentra determinado exclusivamente por los costos operativos de la infraestructura tecnológica, sino por el conjunto de activos estratégicos que conforman la Red Harper, incluyendo la marca, la propiedad intelectual, el software, la exclusividad territorial, el conocimiento técnico acumulado, la innovación permanente y el potencial económico del Territorio Operativo asignado.

El modelo económico previsto en el presente Capítulo procura mantener un equilibrio entre la rentabilidad del Licenciatario y la capacidad de Harper Network para continuar invirtiendo en el crecimiento, estabilidad, seguridad y evolución de toda la Plataforma, garantizando así una relación comercial sostenible y de largo plazo.

Un Modelo Basado en el Crecimiento Compartido.

Harper Network promueve un esquema económico en el que todas las partes participan del crecimiento de la Plataforma. La inversión realizada por el Licenciatario le permite acceder a un Territorio Operativo exclusivo, mientras que la participación económica de Harper Network asegura el desarrollo continuo de la tecnología, la infraestructura y los servicios que hacen posible el funcionamiento de toda la Red.
ARTÍCULO 6.1

Valor de la Licencia Territorial

La Licencia de Operación Territorial constituye el derecho contractual otorgado por Harper Network para administrar, desarrollar y explotar comercialmente un Territorio Operativo determinado dentro de la Red Harper, conforme a los términos establecidos en el presente Contrato y sus Anexos.

El valor económico de la Licencia representa la contraprestación por el acceso al ecosistema Harper y comprende el conjunto de activos, derechos, desarrollos tecnológicos, infraestructura, soporte, conocimiento operativo, exclusividad territorial y demás elementos que permiten al Licenciatario integrarse a una plataforma tecnológica de alcance nacional e internacional.

Las partes reconocen que el valor de la Licencia no responde exclusivamente a los costos de infraestructura tecnológica o mantenimiento de la Plataforma, sino principalmente al valor estratégico de la Red Harper, su propiedad intelectual, la innovación permanente, el potencial económico del Territorio Operativo y la posibilidad de participar en un modelo de negocio diseñado para el crecimiento sostenido de todas las partes involucradas.

6.1.1 Alcance del Valor de la Licencia

El precio abonado por la Licencia comprende exclusivamente el derecho de operación otorgado al Licenciatario durante el plazo de vigencia establecido en el presente Contrato y no implica, en ningún caso, la transferencia de la propiedad de la Plataforma, del software, de la marca Harper, de la infraestructura tecnológica, de la propiedad intelectual ni de cualquier otro activo perteneciente a Harper Network.

6.1.2 Inversión Estratégica

El Licenciatario declara conocer que la adquisición de la Licencia constituye una inversión empresarial destinada a desarrollar un Territorio Operativo exclusivo dentro de la Red Harper, participando de un modelo económico basado en la colaboración, la innovación tecnológica y el crecimiento conjunto de la Plataforma.

6.1.3 Independencia del Valor Tecnológico

Las partes reconocen que el valor de la Licencia podrá superar ampliamente los costos asociados a la infraestructura tecnológica utilizada por Harper Network, en atención al valor comercial de la marca, la exclusividad territorial, la experiencia acumulada, la evolución permanente de la Plataforma y el potencial económico del mercado asignado.

La Licencia es una Inversión en una Red en Crecimiento.

Al adquirir una Licencia Territorial, el Licenciatario no incorpora únicamente una herramienta tecnológica, sino el derecho a formar parte de un ecosistema empresarial diseñado para expandirse de manera sostenible. El valor de la Licencia refleja la integración a una red que evoluciona de forma permanente, respaldada por infraestructura, innovación, soporte continuo y una estrategia de crecimiento compartido.
ARTÍCULO 6.2

Determinación del Valor de la Licencia

El valor económico de cada Licencia Territorial será determinado por Harper Network mediante un modelo de valoración propio, diseñado para reflejar de manera objetiva el potencial operativo, comercial y estratégico del Territorio cuya explotación se autoriza.

Las partes reconocen que no todos los Territorios poseen las mismas características, razón por la cual el valor de una Licencia podrá variar significativamente entre distintas ciudades, provincias o regiones, atendiendo a criterios técnicos, económicos y demográficos previamente definidos por Harper Network.

6.2.1 Criterios Generales de Valoración

Sin que la siguiente enumeración resulte taxativa, Harper Network podrá considerar, entre otros, los siguientes factores para determinar el valor de una Licencia Territorial:

6.2.2 Tabla Oficial de Valoración Territorial

Harper Network podrá elaborar y actualizar una Tabla Oficial de Valoración Territorial que refleje los valores de referencia aplicables a las distintas Licencias. Dicha Tabla podrá formar parte de los Anexos del presente Contrato o publicarse mediante documentación oficial emitida por Harper Network.

6.2.3 Actualización de los Valores

Los valores de las Licencias podrán ser revisados periódicamente por Harper Network conforme a la evolución del mercado, el crecimiento de la Plataforma, la incorporación de nuevas tecnologías, las condiciones económicas generales y cualquier otra circunstancia que pueda influir en el valor estratégico del Territorio.

6.2.4 Independencia entre Territorios

La determinación del valor correspondiente a una Licencia Territorial será independiente respecto de otras Licencias existentes o futuras. En consecuencia, la celebración de contratos con distintos Licenciatarios por valores diferentes no otorgará derecho alguno a reclamar igualdad de precio, compensaciones o revisiones económicas.

Un Valor Basado en el Potencial del Territorio.

El precio de una Licencia Territorial representa el valor de incorporarse a una Red tecnológica con proyección de crecimiento, considerando las características propias de cada mercado. La metodología de valoración busca reflejar de manera objetiva el potencial económico y estratégico de cada Territorio, promoviendo condiciones equitativas para todos los Licenciatarios.

6.2.2 Anexo de Valoración Territorial Harper

La metodología, criterios de análisis, indicadores económicos y parámetros utilizados para la determinación del valor de una Licencia Territorial se encuentran desarrollados en el Anexo II - Sistema de Valoración Territorial Harper (SVTH), el cual forma parte integrante del presente Contrato.

Dicho Anexo contiene una descripción del modelo de valoración aplicado por Harper Network, incluyendo factores demográficos, económicos, operativos y estratégicos utilizados para analizar el potencial de cada Territorio Operativo.

Consultar Anexo II - Sistema de Valoración Territorial Harper

Ver metodología de valoración territorial →
ARTÍCULO 6.3

Participación Económica sobre las Operaciones

Toda operación comercial realizada mediante la Plataforma Harper generará una participación económica destinada a garantizar la continuidad operativa de la Red Harper, el desarrollo tecnológico permanente, la administración territorial del Licenciatario y la prestación de los servicios asociados al ecosistema Harper.

Las partes reconocen que la participación económica constituye un componente esencial del modelo de negocio de Harper Network y tiene por finalidad asegurar la sostenibilidad de la Plataforma, el crecimiento de la Red y la adecuada remuneración de las funciones asumidas por cada una de las partes intervinientes.

6.3.1 Comisión de la Plataforma

Sobre cada operación realizada a través de la Plataforma podrá aplicarse una comisión cuyo porcentaje será determinado por Harper Network conforme a las políticas comerciales vigentes para cada Territorio Operativo.

La comisión podrá ser fija, variable o dinámica, considerando factores tales como la oferta y demanda, condiciones del mercado, promociones, campañas comerciales, horarios, eventos especiales u otras circunstancias operativas.

6.3.2 Distribución de la Comisión

La comisión generada por cada operación podrá distribuirse entre Harper Network, el Licenciatario, los fondos operativos previstos en el presente Contrato y los costos derivados del procesamiento de pagos u otros servicios financieros necesarios para el funcionamiento de la Plataforma.

Los porcentajes específicos de distribución podrán establecerse mediante Anexos, Reglamentos Económicos o Condiciones Particulares emitidas por Harper Network, formando parte integrante del presente Contrato.

6.3.3 Administración Centralizada de Fondos

Las partes acuerdan que los importes abonados por los usuarios mediante los medios de pago habilitados serán percibidos inicialmente por Harper Network o por las entidades financieras, pasarelas de pago o proveedores designados por ésta, quienes actuarán como administradores centralizados del flujo económico de la Plataforma.

Posteriormente, Harper Network efectuará las liquidaciones y distribuciones correspondientes a cada Licenciatario, conductor u otro beneficiario, conforme a los plazos y procedimientos establecidos contractualmente.

6.3.4 Transparencia de las Liquidaciones

Harper Network pondrá a disposición del Licenciatario los registros, reportes y herramientas necesarias para verificar las operaciones realizadas dentro de su Territorio Operativo, permitiendo conocer la composición de las liquidaciones efectuadas y los conceptos aplicados en cada período.

Modelo de Crecimiento Compartido.

La participación económica prevista en el presente artículo busca alinear los intereses de Harper Network y del Licenciatario, promoviendo un crecimiento sostenible de la Plataforma y garantizando que ambas partes participen del desarrollo económico generado dentro de cada Territorio Operativo.
ARTÍCULO 6.4

Reglamento Económico y Distribución de la Comisión

La distribución de la comisión generada por las operaciones realizadas mediante la Plataforma Harper será determinada conforme al Reglamento Económico de Harper Network, a las Condiciones Particulares de la Licencia Territorial y a los Anexos que integren el presente Contrato.

Dicho Reglamento establecerá los porcentajes de participación correspondientes a Harper Network, al Licenciatario, a los fondos operativos, a los costos derivados del procesamiento de pagos y a cualquier otro concepto económico necesario para el funcionamiento del ecosistema Harper.

6.4.1 Flexibilidad del Modelo Económico

Las partes reconocen que la industria tecnológica y los servicios digitales evolucionan de manera constante, pudiendo variar los costos de infraestructura, servicios de terceros, medios de pago, exigencias regulatorias, condiciones del mercado y demás factores que inciden en la operación de la Plataforma.

En consecuencia, Harper Network podrá actualizar el Reglamento Económico cuando ello resulte razonablemente necesario para preservar la sostenibilidad financiera de la Plataforma, garantizar la continuidad del servicio o incorporar nuevas funcionalidades y modelos operativos.

6.4.2 Comunicación de las Modificaciones

Toda modificación del Reglamento Económico deberá ser comunicada al Licenciatario con una anticipación razonable, indicando la fecha de entrada en vigencia y el alcance de los cambios introducidos.

Las modificaciones no tendrán efecto retroactivo respecto de las operaciones ya liquidadas y serán aplicables únicamente a las operaciones realizadas con posterioridad a su entrada en vigencia.

6.4.3 Principios de Equilibrio Económico

Harper Network procurará que toda actualización del Reglamento Económico respete criterios de razonabilidad, transparencia y equilibrio contractual, buscando preservar un modelo de crecimiento sostenible que beneficie tanto a la Red Harper como a los Licenciatarios que la integran.

6.4.4 Documentación Complementaria

El Reglamento Económico, las Tablas Oficiales de Distribución de Comisiones, las políticas financieras y cualquier documentación complementaria emitida por Harper Network formarán parte del marco regulatorio de la Licencia Territorial y deberán interpretarse de manera armónica con las disposiciones del presente Contrato.

Evolución Permanente del Modelo Económico.

Harper Network entiende que un ecosistema tecnológico requiere capacidad de adaptación frente a los cambios del mercado. Por ello, el presente Contrato permite la actualización ordenada del modelo económico, procurando mantener condiciones transparentes, previsibles y sostenibles para todas las partes involucradas.
ARTÍCULO 6.5

Fondo de Estabilidad Operativa Harper

Con la finalidad de fortalecer la estabilidad, continuidad y sostenibilidad de la Red Harper, podrá constituirse un Fondo de Estabilidad Operativa destinado a afrontar contingencias extraordinarias que pudieran afectar el normal funcionamiento de la Plataforma o la prestación de los servicios desarrollados dentro de los Territorios Operativos.

El Fondo tendrá carácter institucional y será administrado exclusivamente por Harper Network, conforme a criterios de transparencia, responsabilidad financiera y preservación del interés común de toda la Red Harper.

6.5.1 Finalidad del Fondo

Los recursos que integren el Fondo podrán destinarse, entre otros fines, a la atención de contingencias tecnológicas, incidentes de ciberseguridad, fraudes, contracargos, fallas masivas de infraestructura, interrupciones extraordinarias del servicio, planes de recuperación operativa, implementación de medidas de seguridad, desarrollos tecnológicos estratégicos y demás situaciones que puedan comprometer la estabilidad de la Plataforma.

6.5.2 Financiamiento

El Fondo podrá integrarse mediante un porcentaje de la comisión aplicada sobre las operaciones realizadas en la Plataforma, así como por otros aportes, recuperos, compensaciones o recursos que Harper Network determine conforme al Reglamento Económico vigente.

6.5.3 Administración

Harper Network administrará el Fondo procurando mantener un nivel adecuado de reservas que permita responder de manera rápida y eficiente frente a situaciones excepcionales, priorizando siempre la continuidad operativa de la Red y la protección de sus Licenciatarios, conductores y usuarios.

6.5.4 Naturaleza del Fondo

El Fondo de Estabilidad Operativa constituye un mecanismo de protección institucional y no tendrá el carácter de seguro, fideicomiso, inversión financiera ni generará derechos individuales de propiedad, reintegro o participación patrimonial a favor del Licenciatario, salvo disposición expresa de Harper Network.

Compromiso con la continuidad del servicio.

El Fondo de Estabilidad Operativa refleja el compromiso de Harper Network con una gestión responsable de los riesgos propios de una plataforma tecnológica, permitiendo responder con mayor eficiencia frente a eventos extraordinarios y fortaleciendo la confianza de toda la Red.
ARTÍCULO 6.6

Liquidaciones y Pagos al Licenciatario

Harper Network efectuará las liquidaciones económicas correspondientes al Licenciatario conforme al Reglamento Económico vigente y a los procedimientos administrativos establecidos para la Red Harper, procurando garantizar procesos transparentes, verificables y eficientes.

Las liquidaciones comprenderán las operaciones realizadas dentro del Territorio Operativo durante el período correspondiente, incluyendo las comisiones generadas, ajustes, compensaciones, descuentos, retenciones, impuestos aplicables y cualquier otro concepto previsto contractualmente.

6.6.1 Periodicidad de las Liquidaciones

Las liquidaciones podrán realizarse con periodicidad semanal, quincenal, mensual o mediante cualquier otro esquema definido por Harper Network en el Reglamento Económico, atendiendo a las características operativas y regulatorias de cada territorio.

6.6.2 Medios de Pago

Los importes resultantes de las liquidaciones serán abonados mediante transferencia bancaria, plataformas financieras, billeteras virtuales u otros medios de pago autorizados por Harper Network, utilizando la información registrada por el Licenciatario.

6.6.3 Información de las Liquidaciones

Cada liquidación podrá incluir un detalle de las operaciones procesadas, comisiones aplicadas, retenciones, impuestos, descuentos, compensaciones y demás conceptos que integren el cálculo del importe final a percibir por el Licenciatario.

6.6.4 Ajustes y Rectificaciones

Harper Network podrá efectuar ajustes, compensaciones o rectificaciones cuando detecte errores materiales, operaciones anuladas, contracargos, fraudes, devoluciones, duplicidades, fallas técnicas u otras circunstancias que afecten la exactitud de una liquidación previamente emitida.

6.6.5 Conservación de Registros

Las partes conservarán la documentación y los registros relacionados con las liquidaciones durante el plazo previsto por la legislación aplicable o por las políticas internas de Harper Network, permitiendo su verificación cuando resulte necesaria.

Liquidaciones transparentes y verificables.

Harper Network desarrollará herramientas que permitan al Licenciatario consultar el estado de sus liquidaciones, el historial de operaciones y los conceptos aplicados en cada período, promoviendo una relación basada en la transparencia y la confianza.
ARTÍCULO 6.7

Obligaciones Tributarias y Responsabilidad Fiscal

Cada parte será exclusivamente responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias, fiscales, previsionales, contables y administrativas que le correspondan conforme a la legislación vigente en la jurisdicción donde desarrolle sus actividades.

La celebración del presente Contrato no genera relación laboral, sociedad, mandato, representación ni responsabilidad tributaria solidaria entre Harper Network y el Licenciatario, manteniendo ambas partes plena independencia jurídica y económica.

6.7.1 Tributos Propios del Licenciatario

El Licenciatario será responsable de la determinación, declaración y pago de los impuestos, gravámenes, tasas, contribuciones y demás obligaciones fiscales derivadas de la explotación de su Territorio Operativo, así como del cumplimiento de los requisitos contables y registrales exigidos por la normativa aplicable.

6.7.2 Retenciones y Percepciones

Cuando la legislación vigente así lo exija, Harper Network podrá practicar retenciones, percepciones o deducciones sobre los importes a liquidar, actuando como agente de retención o cumpliendo cualquier otra obligación legal impuesta por las autoridades competentes.

6.7.3 Cooperación Administrativa

Las partes se comprometen a colaborar razonablemente en el suministro de la documentación e información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones tributarias vinculadas con la ejecución del presente Contrato, respetando en todo momento la normativa aplicable en materia de protección de datos y confidencialidad.

Independencia Fiscal.

Cada parte administra y responde por sus propias obligaciones tributarias, manteniendo la autonomía económica y jurídica que caracteriza al modelo de Licencia Territorial Harper.
ARTÍCULO 6.8

Moneda, Tipo de Cambio y Actualización de Valores

Los valores económicos previstos en el presente Contrato, incluyendo el precio de la Licencia Territorial, las comisiones, liquidaciones, aportes, fondos operativos y cualquier otro concepto económico, podrán establecerse en la moneda que Harper Network determine para cada Territorio Operativo, conforme a las condiciones comerciales vigentes al momento de la contratación.

Cuando las operaciones involucren distintas monedas o jurisdicciones, Harper Network podrá utilizar tipos de cambio oficiales, de mercado o aquellos provistos por entidades financieras o proveedores de servicios de pago reconocidos, procurando garantizar criterios objetivos y transparentes para la conversión de valores.

6.8.1 Actualización de Valores

Harper Network podrá actualizar los valores económicos previstos en el presente Contrato cuando resulten afectados por procesos inflacionarios, variaciones significativas del tipo de cambio, modificaciones regulatorias, incrementos sustanciales en los costos operativos o cualquier otra circunstancia que altere de manera relevante el equilibrio económico del modelo de negocio.

6.8.2 Referencias Económicas Internacionales

A efectos de preservar la estabilidad y uniformidad del modelo económico de la Red Harper, Harper Network podrá establecer valores de referencia expresados en monedas de aceptación internacional o en unidades de cuenta definidas por la propia organización, sin perjuicio de que los pagos se efectúen en la moneda habilitada para cada Territorio Operativo.

6.8.3 Conversión para la Ejecución de Pagos

Cuando resulte necesario efectuar conversiones entre distintas monedas, los importes serán calculados utilizando el criterio de conversión informado por Harper Network para el período correspondiente, salvo que la legislación aplicable establezca un mecanismo diferente de carácter obligatorio.

6.8.4 Publicación de los Valores Vigentes

Harper Network podrá publicar periódicamente los valores de referencia, criterios de actualización y demás parámetros económicos aplicables mediante el Reglamento Económico, los Anexos del presente Contrato o cualquier otro documento oficial emitido por la organización.

Modelo preparado para operar en múltiples jurisdicciones.

La estructura económica de Harper Network ha sido diseñada para adaptarse a distintos países, monedas y contextos regulatorios, procurando mantener la estabilidad del modelo de negocio y la seguridad jurídica de los Licenciatarios.
ARTÍCULO 6.9

Disposiciones Económicas Finales

Las disposiciones contenidas en el presente Capítulo constituyen el marco económico general aplicable a la Licencia Territorial Harper y deberán interpretarse de manera conjunta con el resto del presente Contrato, sus Anexos, el Reglamento Económico, los Manuales Operativos y toda otra documentación oficial emitida por Harper Network.

Las partes reconocen que el modelo económico desarrollado por Harper Network tiene como finalidad garantizar la sostenibilidad de la Plataforma, promover el crecimiento de la Red, incentivar el desarrollo de los Territorios Operativos y asegurar una distribución transparente y equilibrada de los ingresos generados por las operaciones realizadas mediante el ecosistema Harper.

6.9.1 Interpretación Armónica

Las disposiciones económicas del presente Contrato deberán interpretarse conforme a los principios de buena fe, colaboración, equilibrio contractual y sostenibilidad del modelo de negocio, procurando preservar los intereses legítimos de Harper Network, del Licenciatario, de los conductores, de los usuarios y de los demás participantes de la Red Harper.

6.9.2 Integración con la Documentación Oficial

El Reglamento Económico, los Manuales Operativos, las Tablas Oficiales de Valoración Territorial, las políticas financieras, las condiciones comerciales, los procedimientos administrativos y los demás documentos oficiales emitidos por Harper Network integrarán el presente marco contractual en todo aquello que resulte compatible con sus disposiciones.

6.9.3 Evolución del Modelo Económico

Las partes reconocen que Harper Network constituye una plataforma tecnológica en permanente evolución, motivo por el cual su modelo económico podrá adaptarse a nuevas tecnologías, medios de pago, herramientas digitales, mecanismos de compensación, unidades de valoración, procesos de liquidación y demás innovaciones que contribuyan a fortalecer la eficiencia, transparencia y competitividad de la Red Harper.

6.9.4 Principio de Sostenibilidad

Toda decisión económica adoptada en el marco del presente Contrato procurará preservar la continuidad operativa de la Plataforma, la estabilidad financiera de la Red Harper y el desarrollo equilibrado de los Territorios Operativos, promoviendo relaciones comerciales duraderas y de mutuo beneficio entre las partes.

Visión de largo plazo.

Harper Network concibe cada Licencia Territorial como una alianza estratégica destinada a construir una red de movilidad sostenible, innovadora y preparada para evolucionar junto con los avances tecnológicos y las necesidades de las comunidades donde opera.